Esta pensión permite a las personas que no tienen derecho a una pensión en algún régimen previsional, acceder a un monto determinado dependiendo de su rango etario.
Además se reajustará automáticamente los días 1 de julio de cada año, en el 100% de la variación del IPC de los últimos 12 meses, contados desde el último reajuste. Pero, si el IPC sufre una variación que supere el 10%, el reajuste será inmediato, aunque no hayan pasado los 12 meses antes señalados.
Cabe mencionar que este beneficio está sujeto a un proceso de revisión por parte del Instituto de Previsión Social (IPS), entidad encargada de verificar que el beneficiario mantiene todos los requisitos exigidos por la ley.
¿Cuánto tiempo puedo estar sin cobrar la pensión?
Si tiene como forma de pago la presencial, puede permanecer pendiente de cobro 60 días contados desde la fecha de emisión del pago, luego caduca y se debe regularizar su situación en una sucursal de ChileAtiende. Conozca más sobre la suspensión de los beneficios de pensiones.
¿A quiénes va dirigido este beneficio?
Este beneficio de pensión está dirigido a:
- Personas que tengan, a lo menos, 65 años de edad al momento de solicitarla.
- Quienes no tengan derecho a recibir alguna pensión en ningún régimen previsional, ya sea en calidad de titular o como beneficiario o beneficiaria de pensión de sobrevivencia.
- Personas que integren un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población, determinado por el Puntaje de Focalización Previsional (PFP), razón por la cual es necesario estar inscrito en el Registro Social de Hogares.
- Quienes acrediten residencia en el territorio nacional por un período de 20 años, ya sean continuos o discontinuos, contados desde el momento en que cumplieron 20 años de edad. En el caso de chilenos de escasos recursos, dicho período será contado a partir de su fecha de nacimiento.
- Personas que hayan vivido en el país al menos cuatro de los últimos cinco años anteriores a la solicitud. Respecto a esto, cabe señalar que:
- Los beneficiarios y beneficiarias que están inscritos en la oficina nacional de retorno y diplomáticos (aplicable solamente a chilenos y chilenas) podrán conmutar los años de exilio como residencia.
Importante: las personas pensionadas por gracia, pensionados exonerados políticos, pensionados por ley Rettig y ley Valech, que solamente gocen de este beneficio, tienen derecho a complementar dicho aporte hasta el monto de la PBSV.
Incremento de la pensión en los próximos años
Según la modificación hecha por la Ley Nº 21.190, publicada el 11 de diciembre de 2019. Ley que busca mejorar la calidad de los beneficios solidarios, los montos de las PBS se verán incrementados de manera gradual durante los próximos años, según los siguientes tramos:
1. Pensionados desde los 65 y hasta los 74 años:
Diciembre 2019 (25%)* | Enero 2021 (15%)* | Enero 2022 (10%)* |
$137.751 | $154.281 | $165.302 |
2. Pensionados desde los 75 y hasta los 79 años:
Diciembre 2019 (30%)* | Enero 2021 (20%)* | Enero 2022 |
$143.261 | $165.302 | $165.302 |
3. Pensionadas de 80 o más años:
Diciembre 2019 (50%)* | Enero 2021 | Enero 2022 |
$165.302 | $165.302 | $165.302 |
Importante: Estos valores serán reajustados de acuerdo a los IPC calculados en julio de 2020 y julio de 2021.
(*): Porcentaje de aumento respecto al monto inicial que es de $110.201, determinado en noviembre de 2019.
¿Cómo se realiza el pago?
Los beneficiarios y las beneficiarias del IPS reciben, desde diciembre de 2019, el incremento, ya sea en el pago presencial como en sus cuentas. En el caso de las rutas móviles, se comenzó a pagar desde enero de 2020.
En el caso de los beneficiarios del Sistema de AFP con Aporte Previsional Solidario, recibirán el incremento de su Aporte junto con su pago habitual.
¿Qué necesito para realizar este trámite?
Para realizar el trámite sólo será necesario presentar la cédula de identidad.
En el caso de que el trámite sea realizado por un apoderado del titular, éste debe presentar el poder notarial respectivo.
Este trámite es gratis, no tiene costo alguno.
¿Cuál es su vigencia?
Este beneficio se mantendrá vigente mientras la persona pensionada cumpla los requisitos y no se ausente del país por un período de 90 días o más durante todo el año calendario (de enero a diciembre).
¿Cómo y dónde realizar este trámite?
Hay dos manera de realizar este trámite, en línea o de forma presencial.
Trámite en línea
- Haga clic aquí o, en el botón de más abajo “realizar trámite”. Serás enviado al sitio web del IPS en línea.
- Una vez en el sitio web, Ingrese su RUT y haga clic en «ingresar»
- A continuación seleccione haga clic en la opción «Pilar Solidario y Bono por Hijo»
- Luego seleccione la opción «Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV)»
- Haga clic en «ingresar solicitud de PBSV»
- A continuación dar clic en «ClaveÚnica»
- Ingrese su RUT, su clave, y haga clic en «autenticar». En caso de no estar registrado, solicite su ClaveÚnica.
- Complete el formulario.
- Finalmente, como resultado del trámite, ya habrá solicitado el beneficio.
Dato importante: Si al momento de realizar la solicitud de beneficios no aparece la Pensión Básica Solidaria de Vejez, quiere decir que no cumple con los requisitos para ser beneficiado con esta pensión.
Trámite en oficina de ChileAntiende
- Reúna todos los antecedentes requeridos para el trámite.
- Diríjase a alguno de los municipios en convenio o a la oficina ChileAtiende más cercana a su domicilio.
- Explique el motivo de su visita, que en este caso será, solicitar la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV).
- Entregue los antecedentes requeridos a la persona encargada.
- Como resultado de este trámite, habrá solicitado la Pensión Básica. Si no se requiere más información, la respuesta a su solicitud será entregada en un plazo de tres meses.
Importante: Puede consultar el estado de su trámite llamando al 101, en horarios de 8:00 a 19:00 horas (lunes a jueves) y de 8:00 a 18:00 horas (viernes).

Hoy en día, son muchos los esfuerzos que está haciendo a nivel país, para aplicar reformas que sean justas y que dignifiquen las pensiones de quienes más lo necesitan. Si eres de la tercera edad, o conoces a alguien, no dudes en realizar el trámite o bien ayudarlo ahora que conoces cuáles son los requisitos para obtener esta pensión.